El Tribunal Superior de Medellín declaró a un ciudadano responsable del delito de aborto sin consentimiento porque se demostró que sostenía con la víctima una amistad y encuentros sexuales y al sospechar que ella estaba embarazada le dio a tomar una bebida que tenía una sustancia que generó el aborto en la mujer.
Lo traído por el Dr. DIEGO EUGENIO CORREDOR, tiene asidero por cuanto a que no se puede privar a esa mujer de ejercer ese derecho de ser madre. De igual forma, tampoco a esa criatura la cual está a punto de venir a este mundo el cual nos rodea actualmente, de poder nacer, crecer, reproducirse, y el tener una familia.
Cabe señalar, que existen 3 secciones, las cuales dan lugar a que no se le imponga una sanción a el individuo, que realice este procedimiento, y que esta persona esté certificada como médico, dichas y secciones son:
- Mal formación en el feto.
- Que dicho embarazo haya sido por violación.
- Que la madre que va a dar a luz a esa criatura, tenga riesgos de morir.
Autor: NAIRON PÉREZ TORRES.