La Superintendencia de Industria y Comercio, SIC, impuso sanciones en dos investigaciones administrativas a Avianca relacionadas con restricciones a la libre competencia y, además, confirmó una sanción por violación al régimen de condicionamientos en materia de integraciones empresariales.
En 2018, esta Superintendencia autorizó una operación de integración entre Avianca y Price Res para prestar los servicios de agencia de viajes a través de la marca Avianca Tours. En su momento, la SIC condicionó la operación al cumplimiento de unos condicionamientos y se estableció que Avianca no podía ofrecer ni suministrar tiquetes aéreos nacionales o internacionales aplicando condiciones discriminatorias que pusieran a los competidores de Avianca Tours en una situación desventajosa. Pero, la Superintendencia en un trámite de solicitud de explicaciones, pudo demostrar que Avianca y Price Res incumplieron esa condición, pues Avianca ofreció promociones y un bono de 150.000 pesos a los clientes que realizaran compras de tiquetes aéreos en su página web (Avianca.com), pero este únicamente podía ser redimido en Avianca Tours (negocio operado conjuntamente por las sancionadas), en compras de paquetes turísticos que tuvieran un valor superior a 2’500.000 o 3’000.000 pesos. Con ese comportamiento, se pudo constatar que Avianca usó su posición en el mercado de transporte aéreo para apalancar Avianca Tours, aplicando condiciones discriminatorias a sus competidores e incumpliendo el condicionamiento fijado en la Resolución No. 60515 de 2018.
Esta casa jurídica, se encuentra de acuerdo con lo estipulad por la Superintendencia de Industria y Comercio, bajo el entendido que, si existe unas condiciones, esta no puede variar, y menos en contra de los usuarios, es por ello, que consideramos acertada la posición de la SIC, y es una sanción ejemplarizante, para que, en otras oportunidades, las compañías que suscriban contratos, respeten los mismos.
Autor: Dr. Giovanys Escobar Benítez