La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia hizo un llamado a la Defensoría del Pueblo para que agilice sus trámites internos y no genere traumatismos inconstitucionales en la defensa de las personas, ni en la administración de justicia. Recordó que el deber de los defensores públicos es velar por la protección de los derechos del procesado con una intervención oportuna y de calidad que permita agotar de manera satisfactoria los medios de defensa judicial. M. P. (Mirian Ávila Roldán).

Lo acá planteado por la Dra. MIRIAN ÁVILA ROLDÁN, tiene vital importancia, por cuanto que, en muchas ocasiones, a aquellas personas que no tienen para contratar los servicios, de un abogado de confianza, muchas veces, acuden a la defensoría pública, trayendo como resultado que se le sea vulnerado el derecho a tener una defensa diáfana, acorde a lo que se requiere dentro de su proceso. Generando esto, que, estas personas sean condenadas, muchas veces por falta de defensa técnica, partiendo desde las audiencias concentradas como lo son: Legalización de captura, formulación de imputación, y medida de aseguramiento.

Cabe señalar, que, luego de estas audiencias concentradas, tenemos la formulación de acusación, pasando por la audiencia preparatoria, la práctica de pruebas, y finalizando con los alegatos de conclusión.

Es en este punto, en el cual me quiero detener, para manifestar que se debe ejercer, con gran aplomo y sentido de pertenencia, esta profesión que si bien tu como defensor público, debes cumplir con lo asignado por la defensoría, y no dejar a la intemperie, a esta persona privada de su libertad, bien sea justa o injusta, a su suerte.

Autor: Dr. NAIRON PÉREZ TORRES

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